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domingo, 9 de marzo de 2014

CARTA A GABRIELA RAMIREZ


CARTA A GABRIELA RAMÍREZ

Gabriela, nunca pensé que me quitarías el sueño, con las diferencias en conceptos emitidos ayer que tienes razón, si, son diferentes, pero lo que erraste es en varios detalles o en la convalides de alguno: La tortura es el acto de infligir dolor físico o psicológico por parte de una autoridad pública, o de alguien amparado por ella, con el fin de obtener información o de conseguir "pruebas" para esclarecer un delito, pero deberías documentarte de que fue abolida en Europa y en América a principios del siglo XIX.-

Desde la Oficina del Alto comisionado de las Naciones Unida para los Derechos Humanos, cito textualmente el "Artículo 2
1. Todo Estado Parte tomará medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción.
2. En ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura.
3. No podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura."



Brutalidad policial es un término utilizado para describir el uso excesivo de fuerza física, asalto, ataques verbales y amenazas por policías y otras fuerzas del orden público. El término también se puede aplicar al mismo comportamiento de los oficiales de prisiones. La brutalidad es una de las formas de mala conducta policial, que incluye falsos arrestos, intimidación, represión política, racismo, abuso de vigilancia, abuso sexual y corrupción policial.
Gabriela, Creo que te faltó recordar que en 1948 la comunidad internacional condenó la tortura y otros tratos crueles o degradantes en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, creo que te faltó recordar que casos de uso excesivo de la fuerza, obstrucción del acceso a asistencia médica y detención arbitraria son penados por el Derecho Internacional, creo que te faltó recordar la CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA el Artículo 3, Serán responsables del delito de tortura:
a. los empleados o funcionarios públicos que actuando en ese carácter ordenen, instiguen, induzcan a su comisión, lo cometan directamente o que, pudiendo impedirlo, no lo hagan.
b. las personas que a instigación de los funcionarios o empleados públicos a que se refiere el inciso a. ordenen, instiguen o induzcan a su comisión, lo cometan directamente o sean cómplices.



Y lo mas importante Gabriela, creo que se olvidó recordar que tienes hijos de la edad de los estudiantes que luchan pacíficamente en la calles por su futuro, detente un momento, míralos y verás que son niños, imagina que los golpean tanto en su detención con "brutalidad policial" o son torturados con excesos como el de la violación del joven de Valencia, (por cierto que información obtuvieron), ninguna verdad!!! el puro placer de acabar psicológicamente con nuestra juventud, sabes que soy Ingeniero, pero no necesito ser abogado para documentarme al respecto, así como tú tampoco lo eres, mira a tus hijos!! no los puedes imaginar verdad, bueno me toco desde el jueves vivirlo Gabriela, cuando salieron ayer con régimen de presentación los jóvenes detenidos sin motivo de Altamira, jóvenes que son como mis hijos, y me exaltó una señora exclamó desde las afueras, DIOS MIO SON UNOS NIÑOS, ya no serán mas niños Gabriela, ahora forjarán como lo venían haciendo su convicción de LIBERTAD, UNIÓN Y FRATERNIDAD, conceptos que se que no comprendes, pero la ignorancia no te absuelve.-
Robiro Terán
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1 comentario:

  1. Excelente respuesta, me avergüenza que una mujer por un bozal de arepa. Se olvide de las víctimas en todo esto, y que son solo Niños. Pero bueno si es de las que le da mas importancia al vidrio de un vehículo. Que se podía esperar. Por eso SOS Venezuela

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